Una
costarricense en La Haya
Glorianna
Rodríguez*
El 14 de marzo de 2012 la Corte Penal
Internacional (CPI) dictó sentencia contra el líder rebelde Thomas Lubanga
Dyilo por el reclutamiento, alistamiento y utilización activa de niños menores
de 15 años de edad, algunos de tan sólo siete años. Lubanga era uno de los
fundadores y el Presidente de la Union des Patriotes Congolais, creada
en el 2000. En el 2002 la rama militar Force Partiotique pour la Libération du Congo tomó el poder. Tanto las Naciones Unidas como
grupos de derechos humanos habían denunciado previamente la situación en la
República Democrática del Congo (RDC), acusando a este grupo de severas
violaciones de derechos humanos incluidas masacres, tortura y violaciones.
El caso fue revolucionario al establecer varios
precedentes en los procesos penales internacionales. Por primera vez en la historia de la
justicia penal internacional, las víctimas no solo fueron testigos, tuvieron la
oportunidad de presentar sus opiniones y preocupaciones ante la CPI en su
nombre y no sólo como testigos de la acusación. Según el artículo 68 (3),
“La Corte permitirá, en las fases del
juicio que considere conveniente, que se presenten y tengan en cuenta las
opiniones y observaciones de las víctimas si se vieren afectados sus intereses
personales”. Es por ello que en agosto 25 del 2011 se autorizó la
participación de 123 víctimas. Al permitir mayor participación la CPI
ha tratado de transformar el papel de víctima al darle protagonismo. Adicionalmente, la Corte prevé la
posibilidad de que las víctimas reciban reparaciones. En este sentido, el
sistema penal internacional está tratado de modificar su enfoque en vez de simplemente
perseguir, juzgar y castigar a las personas que comenten crimines. El punto de
partida de todo proceso debe ser la dignidad de los seres humanos.
La jueza Elizabeth Odio Benito incluso
considera que se debe fortalecer aun más la participación de las víctimas.
Señala que el eje central del juicio es determinar la inocencia o la culpabilidad
de una persona. No obstante, el juico debe tomar en cuenta el daño sufrido por
las víctimas tanto durante el procedimiento para las reparaciones como durante
la valoración del crimen.
Por otra parte, la jueza Odio se apartó
del criterio mayoritario según el cual se establece que el artículo 8 (2)(vii) Reclutar o alistar niños menores de 15 años
en las fuerzas armadas o grupos o utilizarlos para participar activamente en
hostilidades no se aplica a la violencia sexual. Señala que al no incluir
esa dimensión en el concepto legal del crimen, se obvia el sufrimiento
implícito. Además resulta en la invisibilidad
de la violencia sexual lo cual conduce a la discriminación contra las
víctimas que sufren de este delito. Según la jueza Odio, la violencia sexual
afecta principalmente las niñas menores de quince años, pero la Corte, al no
tutelar su integridad física, no está tomando suficientes medidas para
protegerlas.
En fin, la labor de la CPI es primordial,
tanto en el avance de los derechos humanos como en la prevención de futuros
crímenes de lesa humanidad. Esta es su primera sentencia dictada, y la Corte demuestra
una tendencia favorable con respecto a la protección de los derechos humanos.
Desde la óptica de la prevención, Géraldine Mattioli-Zeltner, Directora de
Promoción de justicia Internacional de Human Rights Watch, afirma que "Los
comandantes militares de la RDC y otros países deberían tomar nota del mensaje
de gran alcance de la CPI: la utilización de niños como arma de guerra es un
crimen grave que puede llevarlos al banquillo de los acusados". Por otra
parte, la sentencia demuestra progreso no solo teórico, sino también práctico
en cuanto a la doctrina de los derechos humanos. La promoción de estos derechos
siempre será compleja debido a las limitaciones económicas de muchos países y
las profundas diferencias culturales. No obstante, ante los abusos más severos,
debe imperar un consenso universal y mecanismos de control eficaces. La
ausencia o ineficacia de medidas jurisdiccionales socavaría por completo
nuestras pretensiones morales.
Hoy día la CPI se convirtió en un
escenario en el cual esas aspiraciones nobles se tradujeron de sus formas
platónicas a sus versiones jurídicas. En particular, se debe destacar el papel
desempeñado por la jueza Elizabeth Odio Benito, cuyos aportes manifiestan su
intención de profundizar el alcance de la normativa internacional para
verdaderamente proteger el bienestar de las víctimas y sobre todo de las
menores de edad. El sistema penal internacional se constituye así en una especie
de brújula para guiar al resto de la humanidad en nuestra odisea hacia el
verdadero progreso social.
*Estudiante
de Maestría en Derechos Humanos